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mayo 4, 2020Información sobre el proceso de admisión en la Casa de Niños
mayo 13, 2020El Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias ha publicado un bando para recordar a los propietarios de solares y parcelas urbanas su obligación de mantenerlas limpias de basura y broza para evitar la propagación de incendios y mantener buenas condiciones de salubridad.
A continuación reproducidos el bando de la alcaldía:
Dª Mercedes Zarzalejo Carbajo, alcaldesa-presidente del Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias
En el uso de las facultades que le otorga el artículo 21.1.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las bases del régimen general,
HACE SABER QUE
a la vista de la primavera y la próxima época estival, teniendo en cuenta que todos los años se producen graves incendios con consecuencias catastróficas para el medio ambiente y las personas y sus bienes, dado que el término municipal de San Martín de Valdeiglesias se caracteriza por un entorno forestal cuyo riesgo de incendio se incrementa notablemente en el periodo mencionado, y con el fin de prevenir y evitar este año cualquier incendio y sus pésimas consecuencias, se recuerda a los propietarios de solares, parcelas y terrenos que tengan la consideración de suelo urbano o urbanizable que, en virtud del artículo 12 de las Ordenanza nº3 reguladora de la limpieza y ornato público y gestión municipal de residuos urbanos de San Martín de Valdeiglesias, deberán mantenerlos libres de desechos, residuos y vectores, y en las debidas condiciones de higiene, salubridad, seguridad y ornato público.
Asimismo, deberán mantenerlos libres de hierbas secas y brozas que supongan un peligro para la seguridad pública, especialmente desde el 15 de junio de septiembre, época de peligro alto de incendios definida en el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA)
Igualmente, se recuerda que deberán cuidar además que los setos y arbolado no excedan de la línea vertical de la fachada, procediendo a su poda.
La policía local y el personal de los servicios municipales designados para ello podrán realizar las inspecciones y comprobaciones previstas en esta Ordenanza, y en el resto de la normativa ambiental aplicable.
En caso de incumplimiento de la mencionada Ordenanza municipal, el Ayuntamiento tramitará los procedimientos de órdenes de ejecución de solares y los procedimientos sancionadores que procedan.
En todo caso, mientras permanezca la vigencia de la declaración del estado de alarma por la pandemia del Covid-19, la ejecución de las operaciones necesarias deberá realizarse cumpliendo, en todo caso, las restricciones de movilidad y distanciamiento social vigente en cada momento.
Descargar Bando (.jpg).
Reanudación de permisos para quemas en suelo no urbanizable.
Por su parte, la Comunidad de Madrid ha reanudado los permisos para quemar restos de podas y vegetación en fincas agrícolas y terrenos forestales situados en la franja de 400 metros que circunda el terreno forestal, siempre que sea terreno no urbano.
Las autorizaciones para este tipo de quemas tienen que solicitarse en la guardería forestal.
Descargar resolución de la Comunidad de Madrid (.pdf).